miércoles, 23 de marzo de 2011

Como darse de alta como importador y exportador

Como darse de alta como importador y exportador
Solicitud de inscripción en el Padrón de Importadores

COSTO

Este trámite es gratuito, en caso de que alguien le pida dinero para agilizar su trámite o le condicione el servicio a cambio de cualquier tipo de gratificación, por favor denúncielo directamente al área de Quejas del Órgano Interno de Control en el SAT.


VIGENCIA DEL TRÁMITE

La Inscripción al Padrón de Importadores es por tiempo indefinido, sólo procede la suspensión de su registro en los casos siguientes:
1. Incumplimiento de obligaciones fiscales,
2. En caso de incurrir en alguna irregularidad prevista en la Ley Aduanera.

En ninguno de los casos anteriores se le dará aviso de su suspensión, si tiene alguna duda acerca de su registro, por favor comuníquese con nosotros por cualquiera de los medios que ponemos a su disposición.

REQUISITOS

Quienes soliciten su Inscripción al Padrón de Importadores deberán estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales.

Antes de importar mercancías de procedencia extranjera, es necesario solicitar su Inscripción al Padrón de Importadores, para lo cual deberá enviar a través de mensajería, el formato denominado “Padrón de Importadores”, que forma parte del Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2003, este formato también se encuentra publicado en Internet: http://www.aduanas.sat.gob.mx/guia/Anexos_4a_Resolucion_101003.doc


El formato de solicitud deberá enviarse en original y dos copias con firma autógrafa, anexando fotocopia completa y legible de los siguientes documentos:
1. Acta constitutiva de la empresa o del acta de asamblea en la que se faculta a la persona que firma la solicitud para realizar actos de administración, en caso de que el promovente sea persona moral.
• Si la persona física es representada por una tercera persona, deberá adjuntar carta poder notarial en la que se le faculte para realizar este trámite.
• En ambos casos no se admitirá la gestión de negocios.
• Tratándose de representantes legales extranjeros, deberán anexar copia legible de la forma migratoria autorizada por la Secretaría de Gobernación.
2. Documento original que compruebe el encargo conferido al o los agentes aduanales para realizar las operaciones de comercio exterior, para el despacho de mercancías.


ALTA EN EL PADRÓN DE EXPORTADORES SECTORIAL

Para inscribirse en el padrón de exportadores, se deberá cumplir con lo siguiente:
1. FIEL vigente expedida por el SAT. Tratándose de personas morales deberán utilizar su propia FIEL expedida por el SAT y no la de su representante legal.
2. RFC activo.
3. Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC, o en proceso de verificación por parte de la Administración Local de Servicios al Contribuyente.
4. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Deberán presentar en original con firma autógrafa, el formato denominado “Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial”, que forma parte del apartado A del Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2010, anexando a su solicitud, según se trate, los siguientes documentos:

a) Tratándose de personas morales, copia simple del instrumento público con que se acredite que la persona que firma la solicitud tiene poder para actos de administración.

Tratándose de personas físicas y en caso de que faculten a un tercero para realizar este trámite, escritura pública o carta poder conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código Fiscal de la Federación.

Para los efectos del artículo 75, fracción II del Reglamento de la Ley Aduanera, tratándose de las Dependencias del Ejecutivo Federal, los Poderes Legislativo, Judicial y las entidades que integran la Administración Pública Paraestatal de la Federación, Estados y Municipios, o bien los organismos públicos autónomos, para acreditar la representación del funcionario que firma la solicitud de inscripción, deberán anexar copia simple y legible del nombramiento del funcionario público que firme la solicitud.

En los casos en que el representante legal del contribuyente sea extranjero, se deberá anexar copia del documento vigente con el cual compruebe su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.

Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, además deberán adjuntar copia del documento vigente con el cual comprueben su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.

b) Copia fotostática de una identificación oficial vigente del solicitante o, en su caso, del representante legal.

Los interesados podrán enviar su solicitud utilizando servicio de mensajería o presentarla ante la ventanilla de control de gestión de la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la Administración General de Aduanas (AGA), sita en Av. Hidalgo 77, módulo IV, primer piso, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.

El resultado de la solicitud de inscripción al Padrón de Exportadores Sectorial, será dado a conocer en la página electrónica www.aduanas.gob.mx, en un término no mayor a 7 días contados a partir del día siguiente de la recepción de dicha solicitud. El contribuyente podrá solicitar que el mismo se envíe por mensajería, siempre que anexe la guía prepagada a su solicitud. En el caso de que la solicitud haya sido rechazada, el exportador deberá subsanar las inconsistencias observadas y presentar nuevamente su solicitud.

No será necesario inscribirse en el presente padrón, cuando se trate de las mercancías destinadas para exposición y venta en establecimientos de depósito fiscal a que se refiere el artículo 121, fracción I de la Ley Aduanera.

Los contribuyentes que se encuentren inscritos en el Padrón de Exportadores Sectorial y realicen cambio de nombre, denominación o razón social, régimen de capital o clave en el RFC, deberán solicitar la modificación de sus datos, mediante el formato denominado “Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial”, que forma parte del apartado A del Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2010, ante la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la AGA, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y anexar los documentos a que se refiere la regla 1.3.2., fracción II, inciso a), numerales 1 y 2 de las Reglas mencionadas, y en el caso de cambio de nombre, denominación o razón social, o régimen de capital, deberán anexar además, copia legible del instrumento notarial, donde conste el cambio de que se trate.

Dicha solicitud podrá enviarse utilizando servicio de mensajería, o presentarse personalmente ante la ventanilla de control de gestión de la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la AGA sita en Av. Hidalgo 77, módulo IV, primer piso, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.

La Administración Central de Contabilidad y Glosa de la AGA informará al contribuyente el resultado del dictamen en la página electrónica www.aduanas.gob.mx, en un término no mayor a 5 días contados a partir del día siguiente de la recepción de dicha solicitud. El contribuyente podrá solicitar que el resultado del dictamen se envíe por mensajería, siempre que anexe la guía prepagada a su solicitud. En el caso de que la solicitud haya sido rechazada, el exportador deberá subsanar las inconsistencias observadas y presentar nuevamente su solicitud.

Ley de las Sociedades Mercantiles

Ley de las Sociedades Mercantiles
SOCIEDADES MERCANTILES


Definición de Sociedad Mercantil: “Persona jurídica, creada por mínimo dos personas denominadas “socios”, los cuales se obligan a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común, lícito y persiguiendo el lucro, de acuerdo con las normas establecidas en su contrato social y las que por ministerio de ley le correspondan.”


Tipos de Sociedades: 1) Sociedad en Nombre Colectivo.

2) Sociedad en Comandita Simple.

3) Sociedad de Responsabilidad Limitada.

4) Sociedad en Comandita por Acciones.

5) Sociedad Cooperativa y;

6) Sociedad Anónima,

Disposiciones de aplicación general:

*Recuerda que:

“Las sociedades tienen personalidad jurídica propia y distinta de los socios, siempre que estén inscritas en el Registro Público de Comercio, las sociedades no registradas se denominan irregulares”

*Requisitos de constitución:

Todas las sociedades mercantiles se deben constituir ante Notario o Corredor Público, aún cuando el código nos da otra opción por cuestión de tiempo, gastos y seguridad jurídica, la mencionada anteriormente es la manera más simple y segura.

¿Qué debe de contemplar la escritura o póliza constitutiva?

Los Estatutos, que son las reglas referentes a la organización y funcionamiento de la sociedad, los cuales a su vez se conforman de:

Nombre, domicilio y nacionalidad de los socios.

El objeto de la sociedad.

Su razón ó denominación social.

La duración.

Nacionalidad de la Sociedad.

Domicilio de la Sociedad.

Cláusula de admisión o exclusión de extranjeros.

Importe del Capital Social.

La forma de administrar la Sociedad.

Facultades de los Administradores.

Nombramiento de los mismos

La manera en que se habrán de repartir las utilidades y las pérdidas.


*Diferencias más significativas de los 6 tipos de sociedades mercantiles:


1.- Sociedad en nombre colectivo.- Es aquella que existe bajo una razón social, por otra parte los socios responden de una manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.- Esta es una sociedad que prácticamente ha desaparecido de la vida jurídica, esta integrada por dos tipos de socios los cuales pueden ser los socios industriales y los socios socios capitalistas.


Socios industriales.- Los primeros aportan conocimientos y experiencia a la Sociedad, y que tienen la característica esencial que por Ley solo les corresponde una representación en la Asamblea, pero dicha representación tendrá igual valor a la del socio capitalista mayoritario, salvo disposición en contrario en los estatutos sociales, estos socios (los industriales), solo pueden exigir el pago de alimentos en una fecha determinada y que será a cuenta de utilidades.

Socios capitalistas.- Como su nombre lo dice son aquellos que aportan el Capital y estos accionistas tienen además de los alimentos mencionados con anterioridad derecho a una prestación extra en virtud tanto de la administración, como de la aportación hecha a la empresa.


2.- Sociedad en Comandita Simple.- Es aquella que existe bajo una razón Social, y en la cual encontramos dos tipos de socios, los comanditados, los cuales pueden ser uno o más y responden de manera solidaria, subsidiaria e ilimitada de las obligaciones sociales y los comaditarios los cuales solo responden hasta por el monto de su obligación.

3.- Sociedad de Responsabilidad Limitada.- Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones sociales, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables a la orden o al portador, pues solo son cedibles en los casos que expresa la Ley.

*Aspectos más importantes:


Responsabilidad de los socios: De la propia definición podemos concluir que los socios no tienen otra obligación que no sea la del pago de sus aportaciones, tanto frente a la sociedad como frente a los acreedores de ella.


Obligaciones de los socios:

1.- Deben entregar a la sociedad las aportaciones principales y suplementarias que hubiesen convenido.

2.- Deben realizar las prestaciones accesorias que hubiesen pactado.

3.- Deben actuar con lealtad.

4.- Deben subordinar su voluntad a las mayorías. (Es cuando ellos escogen a las personas encargadas de la Administración de la Sociedad, es lo que se conoce como mayoría de votos.)

5.- A soportar las pérdidas.

La razón o denominación social debe de ir seguida de las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada o de sus abreviaturas S. de R.L.


4.- Sociedad en Comandita por Acciones.- Es aquella en la que uno o varios socios comanditados responden de manera ilimitada, subsidiaria y hasta por el monto que tengan sus acciones.

Se constituye bajo una razón social, su capital social está dividido en acciones, y no se podrán ceder sino con el consentimiento de la totalidad de los comanditados y comanditarios.

Esta sociedad se rige por las normas de la Sociedad Anónima.

5.- Sociedad Cooperativa.- Están regidas por su legislación especial, a partir del 3 de agosto de 1994, fecha en que se hizo la Publicación en el Diario Oficial de la Federación de dicha ley.

*Las sociedades cooperativas son una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales o y colectivas a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.


6.- Sociedad Anónima.- Es la sociedad que existe bajo una denominación social, formada libremente y en la cual los socios responden de manera limitada hasta por el monto de sus acciones y el pago de las mismas, la denominación siempre deberá de ir seguida de las palabras “SOCIEDAD ANÓNIMA” ó de sus abreviaturas, S.A.

*La sociedad anónima ha venido fungiendo como piedra angular para el desarrollo económico en la mayoría de los países. A través de ella se han llevado a cabo grandes proyectos. En nuestro país es la sociedad más utilizada dentro de los campos del comercio, industria, banca, seguros, fianzas, etc.

*REQUISITOS DE LA CONSTITUCIÓN


El artículo 89 del la Ley General de Sociedades Mercantiles nos marca cuales son los requisitos para proceder a la constitución de la sociedad los cuales son:

I.- Que haya 2 socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos.

II.- Que el capital Social no sea menor a cincuenta millones de pesos (hay que recordar la reforma hecha en el año de 1992, por lo que se refiere a los cambios a nuevos pesos) y que esté íntegramente suscrito (lo que significa que, al momento de la constitución de la sociedad, los accionistas deben de quedar obligados a exhibir el importe total de las acciones que hubieren ofrecido).

III.- Que se exhiba el dinero efectivo, cuando menos, el 20% del valor de cada acción pagadera en numerario y;

IV.- Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.

REQUISITOS PREVIOS A LA CONSTITUCIÓN:


Permiso expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, donde se autoriza a tomar el nombre de “X” denominación social, cabe mencionar que en la actualidad ya no solo se buscan los datos de una denominación registrada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, sino además se expide una vez que se han recibido informes del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para evitar los problemas referentes a la Propiedad Industrial.


Tener un objeto social determinado; El objeto social es el límite de nuestras actividades, es el conjunto de actos que vamos a realizar como persona moral.


Número de Socios; y no solo me refiero al número de socios como tal sino también por otro lado el número de acciones que suscribirán cada uno así como el monto de cada acción. (Es lo que en la práctica se le conoce como cuadro accionario)


Duración de la Sociedad


Personas que fungirán como apoderados de la Sociedad ó bien las personas que integrarán el órgano de vigilancia.



¿CÓMO SE CONFORMAN LOS ESTATUTOS SOCIALES HECHOS ANTE NOTARIO PÚBLICO?


1.- Cláusula Primera.- Es donde se establece quienes constituyen la Sociedad y bajo que nombre.

2.- Estatutos; Los cuales se dividen en siete capítulos fundamentales:


CAPÍTULO PRIMERO; DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO, OBJETO Y NACIONALIDAD.


CAPÍTULO SEGUNDO; CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES.


CAPÍTULO TERCERO; ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS *


CAPÍTULO CUARTO; ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. (FACULTADES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y/O ADMINISTRADOR ÚNICO)


CAPÍTULO QUINTO; VIGILANCIA DE LA SOCIEDAD


CAPÍTULO SEXTO; EJERCICIOS FISCALES, INFORMACIÓN FINANCIERA, UTILIDADES Y PÉRDIDAS.


CAPÍTULO SÉPTIMO; DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD.


CLÁUSULAS TRANSITORIAS


Algunos doctrinarios consideran a éstas medidas como si fuese la primea Asamblea de los Socios, como si fuese una especie de Asamblea Constitutiva, donde se hacen, las referencias al Capital en cuanto a quien y cuanto suscribre, quién o quienes la Administrarán, Los nombramientos de comisario/s y sus facultades.

CERTIFICACIONES NOTARIALES Y GENERALES.

Requisitos para importa y exportar

Requisitos para importa y exportar
Requisitos para importar y exportar

Todas las mercancías que ingresen o que salen de México deben destinarse a un régimen aduanero, establecido por el contribuyente, de acuerdo con la función que se le va a dar en territorio nacional o en el extranjero.

Cuando una mercancía es presentada en la aduana para su ingreso o salida del país, se debe informar en un documento oficial (pedimento) el destino que se pretende dar a dicha mercancía.

Nuestra legislación contempla seis regímenes con sus respectivas variantes: definitivos; temporales, de depósito fiscal; de tránsito de mercancías; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico.

Definitivos
1. De importación.
a) Importación definitiva a través de empresas de mensajería y paquetería o Servicio Postal.
b) Por única vez.
2. De exportación.

Temporales
1. De importación.
a) Para retornar al extranjero en el mismo estado
b) Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación
2. De exportación.
a) Para retornar al país en el mismo estado
b) Para elaboración, transformación o reparación

Depósito Fiscal.
Tránsito de mercancías.
Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
Recinto fiscalizado estratégico.

REQUISITOS
Las personas que deseen traer mercancías a territorio nacional o enviarlas a otro país deben cumplir con diversos requisitos

1. Inscribirse en Padrón de Importadores; Padrón de Importadores de Sectores Específicos; Padrón de Exportadores Sectorial.
2. Contratar los servicios de un agente o apoderado aduanal para que en su nombre realice los trámites correspondientes.

El único trámite que se puede realizar sin la necesidad de contratar los servicios de un agente aduanal es la importación de mercancías por pasajeros internacionales, siempre y cuando el valor de las mercancías, excluyendo la franquicia, no exceda del equivalente en moneda nacional a mil dólares (este monto se incrementa durante los períodos vacacionales, consulte el apartado de pasajeros para mayor información).

3. Cumplir con las restricciones y regulaciones que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación señalen para la mercancía.

4. Pagar los impuestos al comercio exterior

Si la mercancía que desea ingresar no es para su venta o comercialización, o desea realizar la importación de mercancía por una sola ocasión, puede realizar la importación sin estas inscrito en el padrón de importadores; asimismo cuando se trate de operaciones vía mensajería, paquetería o servicio postal.

a) Las realizadas por empresas de mensajería y paquetería, o Servicio Postal.
b) Las importaciones por única vez.

OBLIGACIONES

Todas las mercancías que ingresen o salgan de México están sujetas al pago de impuestos y, en su caso, al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, los cuales se verifican de acuerdo con su fracción arancelaria.

La fracción arancelaria de una mercancía emana del Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías, que pretende una clasificación uniforme de mercancías para el comercio internacional, en donde una mercancía podrá ser clasificada y reconocida en cualquier parte del mundo sin importar el idioma en un país determinado.

En nuestro país, la clasificación arancelaria se practica con la aplicación estricta de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE).

La LIGIE fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 2002 y entró en vigor el 1 de abril del mismo año. Tiene sus antecedentes inmediatos en la Ley del Impuesto General de Importación (LIGI) y en la Ley del Impuesto General de Exportación, las cuales estuvieron vigentes hasta el 31 de marzo de 2002, ya que la LIGIE las abrogó.

La LIGIE se basa en el Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Harmonized System of Tariff Nomenclature, HS), el cual entró en vigor el 1 de enero de 1988; este convenio forma parte de la Organización Mundial de Aduanas.

La LIGIE es el ordenamiento legal fiscal más voluminoso, pero sólo está integrado por dos artículos.

El primer artículo contiene a la Tarifa, compuesta por la nomenclatura o código del Sistema Armonizado. Esta nomenclatura es la clasificación de todas las mercancías que según su composición o función deben ubicarse en un código de identificación universal, a seis dígitos y a efecto de aplicarles el respectivo impuesto de importación o exportación; cada país adiciona dos dígitos más, que identifican el arancel y requisitos para ingresar o salir de un país.

Se trata de un lenguaje lógico y sistemático aceptado internacionalmente.

El primer artículo de la LIGIE se estructura de la siguiente manera: 22 secciones, 38 notas legales y 98 capítulos.

En el artículo 2 se establecen las Reglas Generales y las Complementarias para la aplicación de la Tarifa; asimismo, para los efectos de interpretación y aplicación de la Tarifa.

Además, complementan a la LIGIE las Notas Explicativas, las cuales son de aplicación obligatoria a efecto de lograr una correcta clasificación.

NOTA
Para ubicar la fracción arancelaria en que se clasifica una mercancía es indispensable conocer todas sus características y preferentemente tenerla físicamente a la vista.

Consulte la Tarifa de Impuestos Generales de Importación y Exportación

Personas Fisicas y Morales

Personas Fisicas y Morales
PESONA FISICA:- Es el ser humano, hombre o mujer. El derecho moderno no admite la posibilidad de la existencia de una persona que carezca de la capacidad jurídica en abstracto.
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS FISICAS:- Las personas físicas o seres humanos, tienen los siguientes atributos:- Capacidad, Estado Civil, Patrimonio, Nombres, Domicilio, Nacionalidad, los atributos mencionados son constantes y necesarios en toda persona física
La personalidad jurídica se adquiere por el nacimiento y se extingue con la muerte, pero desde el momento en que un ser humano es concebido entra bajo la protección de la ley Art.l8 Codico Civil..
Las cualidades o propiedades de un ser constituyen sus atributos ya mencionados en el párrafo anterior como atributos de la personalidad individual se señalan los siguientes.
NOMBRE.- Es el signo que distingue a una persona de las demás en sus relaciones jurídicas y sociales. el nombre civil se compone del nombre propio ( Juan, Pedro, Antonio etc.) y del nombre de familia o apellidos ( Rodríguez, Moreno , González etc).
E nombre como atributo de la personalidad es, en términos generales, inmutable, el nombre se encuentra protegido por el derecho y en este sentido se dice que toda persona tienen derecho al nombre , como lo establece el código civil que dispone que en el acta de nacimiento de la persona física deben constar, necesariamente , el nombre y apellidos Art.58.Código Civil.
DOMICILIO.-El domicilio de la persona física es el lugar en que reside con el propósito de establecerse en el, a falta de éste, el lugar en que tiene el principal asiento de sus negocios, y a falta de uno y otro, el lugar en que se halle. El Código Civil presume el propósito de establecerse en un lugar de las circunstancias de que se resida en él por más de seis meses.
El domicilio completa la identificación de la persona, que el apellido contribuye a asegurar, lo mismo que todo individuo tienen un nombre y un apellido, debe tener un a sede legal en la cual se le ha de considerar siempre presente, aun cuando se hecho se encuentre momentáneamente alejado de ella.
Existen tres tipos de domicilio:- el voluntario, el legal, y convencional, según el sistema jurídico.
Domicilio voluntario:- es aquel que la persona elige y puede cambiar a su arbitrio.
Domicilio Legal:- de una persona es el lugar donde la ley fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente.
Domicilio convencional: es aquel que designa alguna autoridad para el cumplimiento de determinadas obligaciones, estas facultadas por el Código Civil.
EL ESTADO:- Al que se alude generalmente con la calificación de CIVIL, es el conjunto de las cualidades que la ley toma en consideración para atribuirles efectos jurídicos.
El estado es una relación, jurídica.(y, por lo mismo fuente de derechos y deberes jurídicos), de tal modo inherentes a la persona que no puede cederse ni trasmitirse por lo que las cuestiones que a ella se refieren n o pueden ser objeto de compromiso o transacción.
Ofrece dos aspectos:- como estado de familia y como estado de nacionalidad .En relac ión con el primero, las personas pueden ser padres, hijo, esposas, maridos, hermanos, etc, en relación con el segundo pueden ser nacionales o extranjeras.
PATRIMONIO:-Es el conjunto de bienes o riquezas que corresponden a una persona o familia y están regulados en el libro primero , titulo noveno del patrimonio de la familia, capitulo único artículos del 633 al 659 del código Civil del Estado de Tamaulipas..
NACIONALIDAD.-Son mexicano por nacimiento los que nazcan en territorio de la Republica Mexicana, sea cual sea la nacionalidad de sus padres.
PERSONAS MORALES: podemos decir que son todas aquellas entidades formadas para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a las que el derecho reconoce capacidad para tener derechos y obligaciones.
El fundamento de las personas morales se encuentra en la necesidad de su creación para el cumplimiento de fines que el hombre, por si solo con su actividad puramente individual, no podría realizar de manera satisfactoria, y en la inclinación natural que siente de agruparse con sus semejantes.
Son personas morales La Federación, los Estados, Los Municipios, y las demás instituciones de carácter público reconocidas legalmente, las sociedades civiles y mercantiles, los sindicatos, las asociaciones profesionales, las sociedades cooperativas y socialistas, las asociaciones y fundaciones temporales o perpetúas constituidas para algún fin o por algún motivo de utilidad pública y particular.
También todas aquellas distintas a las enumeradas, que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro fin lícito, siempre que no fueran desconocidas por la ley. (Art. 22 Frac. I, II, III, IV; V, VI, del Código Civil del Estado de Tamaulipas)
Las personas Morales tienen los mismos atributos que la Físicas, salvo el del estado, Capacidad, Patrimonio, Denominación o razón Social, Domicilio, y Nacionalidad.
De la capacidad de las personas morales habla el Art. 23 del Código Civil del Estado de Tamaulipas.
Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración ( Art. 29 Código Civil. ).
NACIONALIDAD:- son personas morales de nacionalidad mexicana las que se constituyan conforme a las leyes de la República y tengan en ella su domicilio legal( no basta que una persona moral se constituya de acuerdo a las leyes de determinado estado sino radica en su territorio ) cumplidos estos requisitos tendrán la nacionalidad mexicana.
La Denominación o razón social de las personas morales, equivale al nombre de las personas físicas
En cuanto al patrimonio de las personas morales, observaremos que aún cuando de hecho algunas entidades como los sindicatos y las asociaciones políticas, científicas, artísticas o de recreo pudieran funcionar sin tener patrimonio, existe siempre por el derecho de ser personas la capacidad de adquirirlos.
Todo lo anteriormente expuesto está tipificado en el libro primero, titulo primero capitulo I y II y III del Código Civil del Estado de Tamaulipas.

lunes, 15 de noviembre de 2010

Tratado de libre comercio en Mexico con Otros paises

La globalización económica se ha expresado en la liberalización de la circulación de bienes y servicios, así como en la creciente movilidad del capital, tanto financiero como productivo, provocando cambios significativos en el comercio exterior y la economía de México. La apertura comercial ha sido de tal magnitud que actualmente el país se posiciona como una de las economías más abiertas en el mundo. Algunos beneficios ligados a este proceso comercial son: el uso más eficiente de los recursos, condiciones justas para la competencia internacional, protección a la propiedad intelectual, mayor competencia y acceso a mercados, mejores precios para el consumidor, aumento del flujo del conocimiento, de la investigación, de la inversión extranjera y del comercio internacional, sin embargo, esto también ha sido posible debido a que el país cuenta con empresas privadas e instituciones gubernamentales eficientes y políticas públicas que orientan la apertura comercial de manera satisfactoria.

La capacidad que tiene México para hacer negocios internacionales y la magnitud de la apertura comercial puede valorarse mediante los once tratados del libre comercio (tlc´s) que ha firmado con los cuarenta y tres países, superando incluso a Estados Unidos, China y Brasil. Mediante la firma de los tlc´s México ha buscado realizar acuerdos regionales o bilaterales que fomenten el intercambio de bienes y servicios entre el los países que celebran el tratado de libre comercio, principalmente mediante la reducción de las barreras arancelarias. Lo anterior permite diversificar los mercados internacionales así como elevar la rentabilidad de las empresas establecidas en México, ya que mediante el comercio podrán acceder a insumos y a productos finales del exterior a precios competitivos.

De todos los tratados comerciales que ha llevado a cabo México como parte de su estrategia comercial, destacan dos, el primero, es aquel que México firmó por primera vez. El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) o NAFTA por sus siglas en inglés (North American Free Trade Agreement), se negoció con Estados Unidos y Canadá y entró en vigor el 1 de enero de 1994, dentro de los objetivos principales de este tratado de libre comercio se encontraban: eliminar las barreras arancelarias, incrementar las oportunidades de inversión así como el fomento de la cooperación trilateral.

Otro tlc que destaca es el tratado de libre comercio con la Unión Europea, el cual entró en vigor el 1º de Julio del 2000. Entre los propósitos de la economía mexicana para firmar dicho tratado se encuentran: garantizar el acceso preferencial y seguro los productos al mercado más grande del mundo, diversificar los mercados de exportación de inversión, realizar alianzas estratégicas entre las empresas mexicanas y las europeas, así como la atracción de mayor inversión extranjera directa e indirecta.

Con lo anterior, México se consolida como un país que tiene acceso a dos potencias mundiales, con la finalidad de que éste se convierta en un centro de negocios para el mundo mediante el incremento de las relaciones comerciales. Con esto, se ayuda a fortalecer a la industria nacional mediante un sector exportador sólido y competitivo y a incrementar las oportunidades y alianzas estratégicas para la empresa mexicana.

Es importante considerar que para poder atraer inversión extranjera no sólo es necesario firmar el tratado de libre comercio, por tanto, el país cumple con ciertas condiciones legales y sociales como son: las reglas democráticas, el libre mercado y la seguridad jurídica, además de contar con ahorros laborales, mano de obra calificada, infraestructura adecuada, incentivos fiscales y facilidad para realizar trámites; todas las variables anteriores permiten que los costos de producción sean atractivos y competitivos.

En síntesis, la apertura comercial y los tratados comerciales que ha firmado México con los diferentes países del mundo ha influido en el crecimiento económico, ya que se han generado nuevas oportunidades de empleo y un incremento en los ingresos por medio del crecimiento del comercio exterior, contribuyendo así a elevar los niveles de vida.



Tratado Países Habitantes (millones)¹ % PIB Mundial²
TLCAN Estados Unidos, Canadá y México(3) 444.358 27.96%
TLC-G3 Colombia y México (2) 155 2.18%
TLC México-Costa Rica Costa Rica y México (2) 111.216 1.84%
TLC México – Nicaragua Nicaragua y México (2) 112.876 1.80%
TLC México – Israel Israel y México (2) 113.797 2.12%
TLC – México – TN El Salvador, Guatemala, Honduras y México (4) 133.812 1.91%
TLC México - AELC Islandia, Noruega, Liechtenstein, Suiza y México (5) 119.1 3.38%
TLC México - Uruguay Uruguay y México (2) 110 1.84%
AAE México – Japón Japón y México (2) 234.375 9.85%
TLCUEM Unión Europea y México (28) 501.259 31.98%
TLC México - Chile Chile y México (2) 123.433 2.06%
Total: 43 1,090.885 67.20%

¹Fondo Monetario Internacional, World Economic Outlook Database, 2009.

²Elaboración propia con datos del Fondo Monetario Internacional, World Economic Outlook Database, 2009.

Adicionalmente, el país ha reducido sus aranceles de 13% a 8% en promedio, y se espera llegar a un arancel promedio de 4% en 2012. Esto elevará la rentabilidad de las empresas establecidas en México, ya que accederán a insumos y productos finales del exterior a precios competitivos. El futuro del país es prometedor: México ha instrumentado diversos programas exitosos para la simplificación comercial gracias a los cuales los productos con arancel cero aumentarán de 20% en 2008 a 65% en 2013.

Para conocer más sobre estos acuerdos comerciales, lo invitamos a consultar la página de la Secretaría de Economía, donde encontrará los textos completos de los tratados y acuerdos comerciales firmados por nuestro país, así como diversas herramientas que le permitirán explorar estos mercados y descubrir las oportunidades que cada uno de ellos puede aportar a su plan de negocios internacionales.

sábado, 28 de agosto de 2010

Economia

LA IMPORTANCIA DE LA ECONOMIA

La economía como ciencia que estudia el intercambio de bienes y servicios es de fundamental importancia en nuestra sociedad, ya que nuestro vivir actual se basa en ese constante intercambio, sin la economía no existirían las bases para este mercado global que vivimos; si bien tiene sus aspectos a mejorar, este gran mercado permite por ejemplo que podamos comprar computadoras a precios accesibles en cualquier lugar del mundo - las economías de escala, o sea la producción masiva de bienes, permite disminuir el margen de ganancias y enfocar las utilidades al volumen, lo que podemos apreciar en la mayoría de los bienes que usamos a diario.

CONCEPTOS BASICOS DE LA ECONOMIA

El objetivo de la Economía es alcanzar la satisfacción de las necesidades humanas mediante fórmulas para ordenar y establecer las prioridades.

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Las necesidades pueden ser, según su naturaleza, primarias o secundarias. Las primeras se refieren a aquellas de las que depende la conservación de la vida; mientras que las segundas son aquellas que tienden a aumentar el bienestar del individuo.

Asimismo, mediante los recursos se obtienen los bienes y servicios con los cuales se satisfacen las necesidades del individuo o de la sociedad.

DEFINICIO DE ECONOMIA

La economía es una ciencia social que estudia las relaciones que tienen que ver con los procesos de producción, intercambio, distribución y consumo de bienes y servicios, entendidos estos como medios de satisfacción de necesidades humanas y resultado individual y colectivo de la sociedad.

NECESIDADES DE ECONOMIA

En general, necesidad significa una manera de ser precisa, inevitable, y sirve para expresar la relación de exigencia que mantienen los medios y los fines. Necesario se dice aquello de que depende otra cosa, ó que ha de ser forzosamente puesto para lograrla, y en igual sentido se afirma también que es necesario algún hecho ó suceso, cuando se han puesto los modios que á él conducen.

Económicamente, pues, las necesidades consisten en las exigencias con que nuestra naturaleza reclama los medios naturales, que son indispensables para el cumplimiento de su destino.

Los economistas, sin embargo, prescindiendo del rigor filosófico, suelen definir la necesidad, no en si misma, sino considerando sus efectos, y dicen que es la sensación ó pena que sufre el hombre por la falta de ciertas condiciones. La confusión de las ideas no puede ser aquí más evidente. El dolor revela la necesidad y nos obliga á atenderla; pero el dolor sólo se siente cuando la necesidad no ha sido oportunamente satisfecha; luego esas sensaciones desagradables, en vez de ser el origen, serán la consecuencia de nuestras necesidades. La necesidad de alimentarnos y de vestirnos no consiste en el hambre y el frío que experimentamos al dejar de hacerlo, sitio en que la índole de nuestro organismo requiere la asimilación ó el auxilio de elementos determinados. En otros términos: no es cierto que debamos comer porque nos duela el estómago, si no lo hacemos, siendo lo exacto que el estómago nos duele porque debemos comer y para avisarnos de ellos.

Las necesidades humanas son físicas y morales: aquéllas tienen siempre carácter económico; éstas lo tendrán en tanto que su satisfacción dependa de medios materiales.

Las necesidades económicas son absolutas ó relativas, según que se propongan la realización de algo esencial para el fin humano, ó se dirijan á cierto grado ó aspecto de ese mismo destino: las primeras son comunes á todos los hombres é independientes de tiempos y lugares; las segundas se ven influidas por todos los accidentes y variedades del desarrollo individual y social; son progresivas y crecen incesantemente á impulsos de la cultura.

Los extravíos de la voluntad, y el poder de la costumbre, dan lugar á otras exigencias, que se distinguen de las naturales, llamándolas impropiamente necesidades ficticias ó artificiales, cuando el nombre que las corresponde es el de vicios. La mayor parte de los escritores de nuestra ciencia piensan que esa distinción de las necesidades corresponde únicamente á la Moral, y que la Economía, no pudiendo tomarla en cuenta, ha de tenerlas á todas por legitimas; más precisamente porque la Moral distingue está obligada a distinguir la Economía, pues no hay ninguna ciencia que pueda ser neutral ni indiferente para con el vicio. Lo que es malo moralmente, malo ha de ser bajo cualquiera otro aspecto; y así el uso del tabaco, por ejemplo, ó el habito de los licores, no pueden sostenerse sin la destrucción de una gran cantidad de riqueza, sin arrebatar al bienestar y mejoramiento humanos un considerable número de esfuerzos y de elementos que se emplean en su daño.

Para la Economía no pueden ser legitimas más que aquellas necesidades que tengan un fundamento real en la naturaleza del hombre.

EL PRINCIPIO DE ESCASEZ

El concepto escasez es aplicable a aquellas cosas que son útiles. El economista considera útiles a todas aquellas cosas que tienen la capacidad de satisfacer necesidades humanas, y también abarca dos dimensiones: de un lado la cantidad de cosas útiles a nuestra disposición, y que llamaremos recursos o medios; y del otro lado, las necesidades que estas cosas están dispuestas a satisfacer, es decir el concepto escasez se refiere a una determinada relación entre los medios (recursos económicos) y los fines (las necesidades).

BIENES ESCASOS O ECONOMICOS

Los bienes escasos o bienes económicos son aquellos de los que nunca hay cantidad suficiente para satisfacer (directa o indirectamente) las necesidades (en un primer término) o los deseos (una vez satisfechas las necesidades primarias) de los seres humanos.

PRINCIPALES PROBLEMAS ECONOMICOS

Los problemas económicos surgen porque las necesidades humanas son en la práctica ilimitadas, mientras que los recursos y bienes económicos son limitados. Evidenciando tres problemas fundamentales a los que toda sociedad debe dar respuesta, qué, cuánto, cómo y para quién producir.

QUE, COMO, PARA QUIEN PRODUCIR

Los problemas económicos surgen porque las necesidades humanas son en la práctica ilimitadas, mientras que los recursos y bienes económicos son limitados. Evidenciando tres problemas fundamentales a los que toda sociedad debe dar respuesta, qué, cuánto, cómo y para quién producir.

DIVISIONES DE LA ECONOMIA

Una clasificación clásica consiste en hacer dos grupos para diferenciar la economía;
La MICROECONOMÍA es aquella parte de la economía que estudia el comportamiento de los agentes económicos individuales que son dos: las empresas, que son los que producen los bienes y los consumidores. Algunos aspectos que estudia la microeconomía son: la formación de precios, los gustos de los consumidores, los costes de las empresas etc. La microeconomía es la rama de la economía que estudia las decisiones de las familias y las empresas. La microeconomía también estudia la forma en que funcionan los mercados y la forma detallada en la que la regulación y los impuestos afectan la asignación del trabajo, y de los bienes y servicios.
La MACROECONOMÍA es aquella parte de la economía que estudia el comportamiento agregado de los agentes económicos a nivel global y no individual. Algunas cuestiones que estudia son: el empleo, la inflación, el P.I.B., la política económica etc. La macroeconomía es la rama de la ciencia económica que estudia la economía como un todo. Busca entender el cuadro completo en lugar de los detalles de las elecciones individuales. En especial, estudia la determinación del nivel global de la actividad económica: del desempleo, el ingreso agregado, los precios medios y la inflación.
De las siete grandes preguntas de la economía, aquellas que se refieren al cambio tecnológico, a la producción y el consumo ya los salarios e ingresos son microeconómicas. Las que se refieren al desempleo, la inflación y las diferencias de riqueza entre las naciones son macroeconómicas
Se puede efectuar otra clasificación que diferenciaría entre economía positiva y normativa.
La economía positiva sería la parte mas científica de la economía ya que busca explicaciones objetivas del funcionamiento de la economía.

POSITIVA Y NORMATIVA

En el estudio de la economía es importante hacer la distinción y diferencia que existe entre dos tipos de economía: economía positiva y economía normativa.

La economía positiva trata de ofrecer explicaciones objetivas o científicas sobre el funcionamiento de la economía.

El objetivo de la economía positiva es explicar la forma en la que la sociedad toma sus decisiones de consumo, producción e intercambio de bienes. El propósito de su investigación es doble: satisfacer la curiosidad de por qué la economía funciona como funciona y tener ciertas bases para predecir cómo responderá ante cambios en algunas circunstancias que determinan su comportamiento. La economía normativa es muy distinta.

La economía normativa ofrece recomendaciones basadas en juicios de valor individuales.

En economía positiva, los economistas actúan como científicos objetivos. Sea cual sea la inclinación política, independientemente de la visión acerca de lo bueno y lo malo, en primera instancia la preocupación fundamental es la forma en que realmente funciona el mundo. En este caso, no hay cabida a juicios de valor personales. Se analizan proposiciones de la forma: si cambia esto, entonces valor simplemente por ser economistas. Algunos economistas escrupulosos distinguen claramente su papel de asesores expertos en economía positiva de su papel de simples ciudadanos al apoyar determinadas decisiones normativas

ECONOMIA DESCRIPTIVA, TEORIA ECONOMICA Y ECONOMIA APLICADA

Esta rama, al contrario de la anterior, estudia el desarrollo concreto de los procesos económicos contemporáneos. Por ejemplo, la situación actual de los países latinoamericanos. Dentro de este brazo de las ciencias económicas se encuentra la estadística económica que consiste en el registro cuantitativo de los procesos económicos concretos contemporáneos;

Se entiende por teoría económica cada una de las hipótesis que pretenden explicar aspectos de la realidad económica. En la teoría económica se distinguen dos enfoques diferenciados:

MACROECONOMIA Y MICROECONOMIA

Macroeconomía

La macroeconomía estudia el comportamiento de variables económicas agregadas, es decir, aquellas variables que se forman con otras variables. Por ejemplo, la producción agregada de un país se forma con la producción de todas las empresas, familias, individuos y el sector público de ese país. Otras variables usuales en el estudio macroeconómico son la inflación y el desempleo. Se considera a John Maynard Keynes como el mayor contribuyente al análisis macroeconómico.

Microeconomía

La microeconomía, en cambio, estudia el comportamiento de unidades económicas individuales, como pueden ser individuos, familias, empresas y los mercados en los cuales ellos operan.. Por esto que también se la suele definir como la ciencia que estudia la asignación de los recursos escasos entre finalidades alternativas. La teoría microeconómica utiliza modelos formales que intentan explicar y predecir, utilizando supuestos simplificadores, el comportamiento de los consumidores y productores. En general el análisis microeconómico se asocia con la teoría de precios y sus derivaciones. Se considera que el mayor contribuyente al análisis microeconómico ha sido Marshall.

ANALITICO O INDUCTIVO

Este método se utiliza para el estudio de algunos fenómenos económicos como el mercado; se inicia el estudio con este método apartir de aspectos elementales como los oferentes o demandante, después las mercancías que intercambian, a continuación los tipos de mercados a que dan lugar las relaciones que se establecen entre oferentes y demandantes. El procedimiento anterior significa ir de lo particular a lo general es decir por inducción.

Por deducción, el análisis se inicia a partir de las características generales. En este caso los mercados, hacia las características particulares que son los oferentes y demandantes.

Los modelos teóricos de mercados que se descubren por este método son:

Competencia perfecta (muchos oferentes, muchos demandantes, mercancía tipo).

Mercado de monopolio (un oferente, muchos demandantes, mercancía única)

Mercado de dúo polio, (dos oferentes, muchos demandantes, dos mercancías parecidas)

Mercado de oligopolio (varios oferentes, muchos demandantes, mercancía parecida)

Mercado de competencia monopolista (muchos oferentes, muchos demandantes, mercancías parecidas)

EL ANALISIS Y LA SINTESIS

Todos los fenómenos que se presentan a la consideración del hombre son demasiados complejos si se les examina con detenimiento. Son simples sólo a primera vista. Si se quiere indagar las causas, se hace necesario separar en partes el fenómeno para estudiarlo de mejor manera. Pero como en esta separación pudiera cometerse errores, es imprescindible juntar de nuevo las partes del todo separado con el objeto de ver si se puede volver a integrar de igual forma. Si se nos encarga decidir sobre la calidad de un libro, primero tendremos que separarlo en partes para poder estudiarlo; podríamos considerar por separado el estilo literario, los aspectos temáticos y la facilidad para ser entendido.

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